La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) es aquella que se encarga de la regulación de todas las actuaciones judiciales penales que tienen lugar en España, estando reflejados en ello todos los procesos relacionados con este tipo de actuaciones, tales como las competencias de los tribunales y jueces, los recursos frente a las administraciones, los derechos de la justicia gratuita y de defensa, las notificaciones, los procedimientos de citaciones, los emplazamientos, las sentencias, los recursos, y muchos otros aspectos.
La Ley de Enjuiciamiento Criminal actual se encuentra distribuida en un total de 7 libros, que son: disposiciones generales, del sumario, disposiciones generales, procedimientos especiales, recursos de casación y de revisión, procedimiento para el juicio de faltas, y la ejecución de sentencias. Cada uno de estos libres cuenta con diferentes títulos y, además se encuentran tanto las disposiciones adicionales como las disposiciones finales.
Aspectos importantes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Desde la última reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal hay diferentes normas que son esenciales, siendo algunas de ellas las siguientes:
- Límites para la instrucción judicial. Se establece un periodo de 6 meses en el caso de las causas sencillas y de 18 meses para las complejas, con posibilidad de prórroga hasta 36 meses. Esta ampliación puede llegar a ser solicitada por el fiscal y otras partes pero no así por el juez de instrucción.
- No existe el término imputado. Desde la reforma de la ley desaparece el término imputado para pasar a denominarse investigado y encausado, siendo el primero utilizado en la primera fase de la instrucción y el segundo término cuando haya indicios suficientes como para poder determinar que presuntamente ha cometido el delito.
- Pena de telediario. Se regula la protección del honor, la imagen y la intimidad de los detenidos tanto a la hora de arrestarlos como en sus traslados.
- Escuchas e intervención de WhatsApp y e-mails. La ley regula el registro y la intervención de las comunicaciones realizadas por teléfono, SMS, correo electrónico y WhatsApp, siempre que haya una autorización judicial.