Cuando una persona es despedida de su trabajo es habitual que se encuentre en una situación de desamparo y desorientación, lo que hace que en muchos casos no se sepa muy bien la manera en la que proceder.
Por este motivo, a continuación te vamos a explicar los pasos que debes seguir en el caso de que seas despedido del trabajo. Estos puntos son aplicables para cualquier trabajador despedido, sin importar el tipo de contrario que tuviese en la empresa.
Lo primero que debes hacer es comprobar que has recibido la notificación de que has sido despedido, una carta de la cual debes quedarte con una copia y en la que consta el despido y las razones que han originado el mismo.
Una vez que se ha recibido la información acerca del despido se debe conocer si es un despido disciplinario o un despido objetivo. En este último caso la empresa está obligada a avisarte con 15 días de antelación a que el contrato se extinga. En los disciplinarios no es necesario un preaviso.
Cuando te entreguen la carta de despido debes cerciorarte que todo lo que aparece en ella es correcto, tanto la fecha como las causas que lo han originado y la indemnización que debes ingresar por el despido. Una vez comprobada toda la información tendrás que firmar la carta de despido y colocar en la firma si estas conforme o no conforme con el despido. Lo más recomendable es firmar siempre con «NO CONFORME».
Una vez firmada la carta es aconsejable recoger todos los documentos, correos electrónicos u otras pruebas que puedan ser útiles de cara a la impugnación del despido.
A continuación debes comprobar la entrega del finiquito y que el contenido del mismo es correcto, es decir, que la cantidad de dinero ingresada es la misma que se aparece en la carta de despido. Al igual que ocurre en esta última se debe firmar el finiquito y es recomendable indicar «No Conforme» o «No percibido» por si hubiese que reclamara posteriormente.
En el caso de que se hayan detectado errores en los requisitos formales del despido habrá que impugnarlo en un plazo de 20 días hábiles desde el despido efectivo. No obstante, antes de demandar al empresario se debe presentar de forma obligatoria lo que se conoce como papeleta de conciliación.
Si no hay acuerdo tras la misma deberás presentar la demanda de despido ante los Juzgados de lo Social.