Los abogados, cubiertos en caso de incapacidad temporal por el coronavirus

Abogados coronavirus

La gran expansión del coronavirus Covid-19 ha provocado la adopción de diferentes medidas para la protección de la población a diferentes niveles. En este sentido, tanto la Seguridad Social, como la Mutualidad de la Abogacía y Alter Mutua ofrecen protección económica a los abogados en caso de que sean sometidos a un aislamiento preventivo. Esta cobertura está presente tanto para abogados por cuenta propia como por aquellos que trabajan por cuenta ajena.

No obstante, hay que tener en cuenta que la cantidad varía en este último caso, ya que si se trabaja por cuenta ajena dependerá de la nómina, mientras que si es por cuenta propia dependerá de si se encuentra acogido a una mutualidad o al RETA.

Por su parte, la Seguridad Social ha decidido cambiar su criterio e indemniza en caso de aislamiento a los abogados y abogadas por cuenta propia como si se tratase de un accidente de trabajo. Alter Mutua y la Mutualidad de la Abogacía compensan al letrado con 30 euros desde el primer día.

El pasado 10 de marzo, en el Consejo de Ministros se aprobó un Real Decreto-Ley que incluye medidas para la protección de los trabajadores frente al Covid-19. De acuerdo al mismo se considera incapacidad temporal asimilada a baja laboral por accidente de trabajo a aquellas personas que se hayan contagiado del virus o estén sometidas a un aislamiento preventivo.

Estas medidas suponen una mejora en la prestación para todas las personas afectadas por coronavirus, ya sea por estar infectadas o aisladas, ya que desde el día siguiente al de su baja laboral percibirán el 75% de la base reguladora, con cargo a la Administración.

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En todos los casos, la duración de la prestación excepcional a causa del coronovirus se encuentra definida por el parte de baja laboral por aislamiento y el alta correspondiente. A esta prestación puede adherirse aquel trabajador por cuenta propia o ajena que en la fecha en la que se encuentre infectado o aislado se encuentre en situación de alta en los regímenes de la Seguridad Social.

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