La Comisión de Ética Judicial es un organismo que fue creado con la aprobación de los Principios de Ética Judicial, para, a través de informes y dictámenes, orientar sobre estos principios como respuesta a las consultas que recibe. En todas ellas se garantiza la máxima confidencialidad y sus informes tienen una finalidad plenamente orientativa.
Se encuentra compuesto por seis miembros de la carrera judicial que son nombrados directamente y que nombran al mismo tiempo otro miembro no judicial que es experto en Ética o Filosofía del Derecho.
El funcionamiento de este organismo es independiente a los órganos de gobierno del Poder Judicial. No obstante, este último debe asegurarse de que cuenta con todos los recursos necesarios para poder cumplir con sus respectivos objetivos.
En todo caso, la actuación de la Comisión no puede interferir en el ejercicio de la potestad disciplinaria ni en la determinación de la responsabilidad penal o civil de los jueces.
Funciones de la Comisión de Ética Judicial
La Comisión de Ética Judicial se encarga de desempeñar diferentes funciones, entre las cuales se encuentran las siguientes:
- Dictaminar de forma escrita acerca de las consultas que reciba sobre las consultas que reciban por parte de Juntas de Jueces, Salas de Gobierno de los Tribunales, las Asociaciones Judiciales o cualquier otro juez o jueza.
- Promover la difusión y el conocimiento de las proposiciones y principios de ética judicial.
- Contribuir a la hora de desarrollar las funciones que se le atribuyen al Consejo General del Poder Judicial en la coordinación y la colaboración con otras comisiones judiciales de similar índole.
- De forma excepcional, la Comisión de Ética se puede encargar de elaborar informes acerca de aquellas cuestiones que sean de interés general y se encuentren relacionadas con un comportamiento ético que se espera de los diferentes jueces y juezas, a instancias de las Salas de Gobierno de los Tribunales, Asociaciones Judiciales o Juntas de Jueces.