El Ministerio de Economía ha publicado recientemente el anteproyecto de Ley que modificará la Ley de Sociedades de Capital y otras normas financieras, llegando con novedades en lo referente a las obligaciones de las sociedades de capital, sobre todo las cotizadas.
El objeto de la reforma es la transposición al ordenamiento jurídico español de la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Mercados de Valores, a la Directiva de la Unión Europea. Se pretende lograr que las inversiones sean más estables y que los accionistas se encuentren más involucrados con la sociedad. Tanto a la hora de obtener dividendos como al conseguir una mayor sostenibilidad de la empresa y de sus trabajadores.
Esta reforma tan solo afecta a las sociedades anónimas con acciones admitidas a negociación en un mercado regulado que se encuentre domiciliado o bien que opere en un Estado miembro de la Unión Europea.
Entre las novedades incorporadas en la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Mercado de Valores se encuentran las siguientes:
- Acciones de lealtad. Se premiarán a los accionistas estables, proporcionando un voto adicional por acción a quienes continúen como titulares de forma ininterrumpida durante al menos dos años. Para ello será necesario una reforma de los estatutos y una votación.
- Mayor control de los asesores de voto. Estas entidades, que ofrecen asesoramiento a inversores sobre su voto en las juntas generales, serán vigiladas para garantizar que actúen con transparencia.
- Informes semestrales. Las empresas cotizadas deberán emitir a la CNMC dos informes con un resumen de sus resultados, uno a mitad de año y otro de carácter general. Hasta ahora se hacía una vez por trimestre.
- Derecho a la identificación de los accionistas reales en casos de intermediación. Se podrá saber quién es el verdadero accionista cuando haya un accionista intermediario.
- Las personas jurídicas no podrán ser consejeras en las sociedades cotizadas.