Qué son impuestos de actos jurídicos documentados y quienes deben pagarlo

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El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, como se puede deducir por su propio nombre, se trata de un tributo que se encarga de gravar aquellas operaciones que tienen que ver con actos jurídicos. Estos deben tener lugar en el territorio nacional o bien que, aunque se hayan formalizado en otros países, tengan un efecto económico o jurídico en España.

Tipos de documentos que deben hacer frente al pago de impuestos sobre actos jurídicos

Los tipos de documentos que se ven obligados a pagar este impuesto son las siguientes:

  • Documentos notariales: Entre ellos se encuentran actas notariales, copias de escrituras, matrices y los testimonios notariales. En este tipo de documentos se utiliza el valor del bien adquirido como base imponible a gravar con el impuesto.
  • Documentos administrativos: Dentro de este tipo se encuentran aquellos documentos que tienen que ver con la rehabilitación y transmisión de los títulos nobiliarios. También las anotaciones preventivas que se puedan llevar a practicar en los Registros Públicos.
  • Documentos mercantiles: En esta categoría tienen lugar los documentos que se utilizan para pagos, como es el caso de los bonos, las letras, los pagarés o los giros, entre otros. No obstante, deben tener la condición de que no pueden superar los 18 meses para el pago de los mismos. En estos pagos hay que tener presente quién es el que debe pagar el impuesto.

El sujeto pasivo que se encuentra obligado a abonar dicho impuesto es aquella persona que tiene el derecho objeto del tributo o que ha adquirido el bien, así como aquellas personas que soliciten documentos notariales. En todos los documentos, la cuota tributaria es de un 0,5% en las actas notariales y también en las primeras copias de escritura.

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El plazo para el ingreso del impuesto es de 30 días hábiles a partir del día siguiente al cual se otorga la escritura o el contrato correspondiente.

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