¿Qué castigo tiene el allanamiento de morada?

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De acuerdo al artículo 2020 del Código Penal, el delito de allanamiento de morada se produce cuando un particular accede a una morada de otra persona o se mantiene en la misma contra la voluntad de su morador. En este caso, el castigo es de pena de prisión de 6 meses a 2 años.

Si además de allanar la morada, este hecho se ejecuta existiendo intimidación o violencia; la pena de cárcel es de 1 a 4 años y la multa de 6 a 12 meses.

En este sentido es importante destacar que el concepto de morada hace referencia a cualquier espacio cerrado que se encuentra destinado a desarrollar de manera efectiva una actividad humana excluyendo a otras personas; y en las cuales tienen lugar actividades que se corresponden con la vida privada. Hay que tener en cuenta que no es lo mismo que un domicilio, ya que este último no requiere que sea necesario morar en él.

También hay que tener en cuenta que el sujeto activo en este tipo de delito puede ser cualquier persona, incluso los funcionarios cuando no actúen como tales. En el caso de que lo haga y esté fuera de la ley, se aplica el artículo 204.

El funcionario o autoridad que, fuera de los casos establecidos por la ley y sin que medie causa legal por delito; cometa uno de estos hechos, será castigado en los mismos en su mitad superior. Además, serán castigados con una inhabilitación total de 6 a 12 años, tal y como establece el artículo 204 del CP.

Delito de allanamiento en locales abiertos al público

Aquella persona que entre contra la voluntad de su titular en el domicilio de una persona jurídica, de una oficina, un despacho profesional, oficina o establecimiento; fuera de las horas de apertura será castigado con pena de cárcel de 6 meses a 1 año y multa de 6 a 10 meses.

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Quién se mantenga contra la voluntad del titular fuera de las horas de apertura en los mismos casos indicados en el punto anterior; tendrá un castigo de una pena de multa de 1 a 3 meses.

Aquella persona que acceda a los mismos lugares citados pero con violencia o intimidación, la pena de prisión es de 6 meses a 3 años.

Derecho Civil

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