La Ley de Contratos en el Sector Público

Ley contratos publicos

La ​Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, fue creada bajo los principios de transparencia, igualdad, competencia e integridad, con una serie de objetivos y novedades que la diferencian de la normativa existente hasta su aprobación y aplicación, entre los cuales se encuentran los siguientes:

Corrupción

Con la ley actual se busca luchar contra la corrupción, para lo cual fueron modificadas la configuración de las mesas de contratación. Estas son independientes, de forma que se evita que puedan estar compuestas por cargos políticos. No obstante, en las entidades locales sí se permite, pero limitada a un tercio.

Asimismo, en la misma línea en la última reforma de la Ley se modificaron los contratos menores en límite cuantitativo y procedimiento. De esta manera el umbral se bajó a 40.000 euros en el caso de contratos de obra y a 15.000 euros en los contratos de servicios y suministro.

Simplificación de procedimientos de contratación pública

La ley actual nació también para simplificar los procedimientos y así reducir tanto la burocracia como las cargas administrativas. Por ello se promueve una ampliación en el uso de la declaración responsable. También se lleva a utilizar el procedimiento abierto simplificado y supersimplificado.

No obstante, la ley actual cuenta con un total de 347 artículos, acompañados de 53 disposiciones adicionales, 5 transitorias, 1 derogatoria, 16 finales y 6 anexos.

Criterios sociales y medioambientales

Un punto muy destacable de esta ley es la eliminación del precio como elemento determinante para la elección del adjudicatario. De esta manera, en la actualidad prima aquellas ofertas que tengan la mejor relación calidad – precio. Además se tienen en cuenta criterios sociales, medioambientales y de innovación o desarrollo a la hora de valorar las diferentes ofertas.

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Medios telemáticos

Otra de las medidas destacadas de esta legislación son todas las medidas que se refieren a los procedimientos de adjudicación, apostando por la innnovación y la implementación de medios telemáticos o electrónicos. De hecho es obligatorio utilizar medios electrónicos para las notificaciones y comunicaciones en la tramitación de estos procedimientos.

Derecho Civil

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