La Nueva Ley de Arrendamientos Urbanos (2019)

Ley arrendamientos urbanos nueva

La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos está vigente desde el seis de marzo de 2019, cuando se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 7/2019 de Medidas Urgentes relacionadas con la Vivienda y Alquiler.

Esta nueva ley recoge una serie de medidas a tener en cuenta en lo que se refiere al arrendamiento, debiendo atender a:

Duración y prórrogas

Con la llegada de la nueva ley, la duración mínima del arrendamiento se amplía a 5 años (antes eran 3), al mismo tiempo que se establece que si el arrendador es una persona jurídica, la duración mínima alcanza los 7 años.

En lo que respecta a la prórroga, una vez que se ha llegado a la duración mínima establecida, se indica que esta debe ser de 3 años.

Por otro lado, con esta Ley también se incrementa el tiempo de preaviso cuando se ha finalizado el periodo mínimo obligatorio de duración, alcanzando este un mínimo de 4 meses.

Modificaciones en el apartado económico

  • Fianza: La fianza en metálico pasa a ser de 1 mes, con la novedad de que el arrendador ahora tan solo podrá solicitar un máximo de dos mensualidades de renta a la hora de solicitar las garantías a sus inquilinos.
  • Renovación de rentas automática: Se elimina la renovación automática de las rentes, introduciendo además la actualización, que no podrá superar el IPC.
  • Eliminación del pago a inmobiliarias: El arrendatario ya no tiene que pagar a las inmobiliarias cuando este sea una persona jurídica. Hasta ahora tenían que abonar una mensualidad, algo que ya no será necesario si se trata de un cliente que no es un particular.
  • Gastos: Se establece que los gastos derivados de la gestión inmobiliaria, así como los de formalización del contrato son a cargo del arrendador cuando sea persona jurídica.
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Otras modificaciones

Más allá de lo anterior, la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos 2019 modifica otros aspectos como la inclusión del derecho de tanteo por parte de la Administración Pública, o la modificación del artículo que obliga al comprador de una vivienda arrendada a subrogarse en los derechos y obligaciones del arrendador durante los primeros cinco años de contrato (o siete si el anterior arrendador era persona jurídica).

Estas son las modificaciones más importantes que llegaron con la nueva Ley.

Derecho Administrativo

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