Obligaciones, deberes y funciones de la Tutela

Funciones de la Tutela

La designación de un tutor es una potestad que solo la puede otorgar la autoridad judicial. El tutor deberá tomar su cargo ante el Tribunal o Juzgado que corresponda.

El Código Civil, en su artículo 234, indica las personas que pueden ser nombradas como tutores. En primer lugar puede ser nombrado como tutor aquella persona que sea designada por el propio tutelado.

Otra de las opciones es el cónyuge que convive con la persona a tutelar. Los padres del objeto de tutela o las personas que lo hayan indicado en su última voluntad. También cualquier descendiente, ascendiente o hermano que sea determinado por un juez. Este es el orden de elección para un tutor.

Obligaciones del tutor

La persona que es nombrada tutor debe hacer frente a una serie de obligaciones:

  • Debe tratar el tutelado con consideración, existiendo un respeto entre ambos.
  • Informará acerca de los cambios relevantes que tengan que ver con la persona incapacitada (cambio de lugar de residencia, situación personal, estado de salud…).
  • Debe educar al tutelado y ofrecerle la formación necesaria de acuerdo a su edad y situación.
  • Informar al juzgado de la situación económica del tutelado de manera anual.
  • Debe hacer inventario del patrimonio del tutelado en un plazo de dos meses a partir de la toma de posesión del cargo de tutor.
  • Tiene que rendir las cuentas que presentará en un plazo de tres meses tras finalizar la tutela.

Funciones del tutor

Las funciones del tutor pasan por actuar como representante general del tutelado para todos los actos salvo en aquellos que éste pueda realizar por él mismo según la ley o lo dispuesto en la sentencia de incapacitación.

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Sus funciones son la de velar por el tutelado y procurárle una educación, formación integral y alimentos, tratando de lograr la mejor inserción de este en la sociedad. También debe informar al juez de forma anual sobre la situación del incapacitado o menor.

Derecho Civil

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