¿Qué es un contrato de arras?

¿Qué es un contrato de arras?

Son muchas las personas que cada día encuentran una casa o piso en el que quieren vivir y que están interesadas en comprar. Tras llegar a un acuerdo de acuerdo al precio de la compraventa es el momento en el que se puede firmar un contrato de arras.

El contrato de arras es un acuerdo de carácter privado al que llegan el comprador y el vendedor sobre la compra de un inmueble, con el cual se reserva la adquisición del bien a cambio de una cantidad económica. En él, el vendedor se obliga a la entrega del bien, mientras que el comprador se obliga a pagar el precio fijado por el mismo de la manera que ambos hayan estipulado.

Se trata de un documento de gran importancia, ya que en él aparecen reflejadas las obligaciones y condiciones del acuerdo, a partir de las cuales ambas partes se obligan a la compra y venta del inmueble. Además, en él aparecerán las consecuencias de que alguna de las partes incumpla el acuerdo.

Por lo general este tipo de contrato, que se lleva a cabo de manera previa al contrato de compraventa, se realiza para garantizar la reserva. Es muy importante que se deje en todo momento claro el contenido del mismo para que no hay problemas futuros. Por ello, debe estar perfectamente detallado todo lo acordado entre el vendedor y el comprador de una propiedad.

¿Qué tipos de arras existen?

En función de las consecuencias que tengan lugar en caso de incumplimiento nos podemos encontrar con diferentes tipos de arras. Es muy importante, por lo tanto, el contenido que figure en dicho contrato, siendo aconsejable que el contenido del mismo sea redactado por un abogado, que será el que indique las cláusulas que deben aparecer en el mismo para seguridad de ambas partes.

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Los tipos de arras son los siguientes:

Arras confirmatorias

Reguladas en el artículo 1124 del Código Civil, son las menos habituales. En ellas se acredita la perfección del contrato. Consisten en anticipar parte del precio de la compraventa como garantía.

En caso de que haya incumplimiento de una de las partes, la parte afectada podrá elegir entre que se cumpla el contrato o la resolución de la obligación, debiendo la otra parte indemnizar por daños y abonar intereses si los daños son probados. Cuando no se especifique nada en el contrato, se entiende que las arras son confirmatorias.

Arras Penitenciales

Reguladas en el artículo 1454 del Código Civil, establecen que en el caso de que hayan mediado arras en el contrato de compraventa, se puede rescindir el contrato.

A diferencia de lo que ocurre con otras arras, en estas se permite al comprador y al vendedor que desistan del contrato, sin que medie causa de incumplimiento. Dicho de otra manera, cualquiera de las partes puede resolverse de acuerdo, con las consecuencias que aparecen reflejadas en dicho artículo 1454.

Arras Penales

Esta figura jurídica se diferencia de las anteriores en que la parte cumplidora puede exigir la formalización del contrato de comparaventa. Deben aparecer expresamente especificadas en el contrato, teniendo como principal característica que la pena establecida sustituye a la indemnización de daños y al abono de intereses en caso de incumplimiento.

En cualquier caso, el pago de las arras penales no exime del cumplimiento de la obligación contractual.

Derecho Civil

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