Pasos para hacer la solicitud de una herencia

Herencia Impuestos

Para poder recibir una herencia es necesario hacer una solicitud, para lo cual hay que llevar a cabo una serie de pasos que te vamos a detallar a continuación.

Documentación necesaria para la tramitación de una herencia

La documentación que necesitas para ello es la siguiente:

  • Fotocopia del DNI del fallecido.
  • Fotocopia del DNI de los herederos.
  • Documentos del vehículo si corresponde.
  • Certificado Bancario original.
  • Certificado de defunción.
  • Testamento de la persona fallecida.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Inscripción catastral.
  • Inscripción en el registro de la propiedad.
  • Impuesto de sucesiones pagado.
  • Impuesto de plusvalía pagado.
  • Copia del testamento si lo hubiera.
  • Fotocopia de la escrituras de las viviendas a heredar.

Pasos a seguir para solicitar una herencia

  1. Debes solicitar un certificado de defunción literal una vez que hayan pasado 24 horas desde la defunción al Registro Civil.
  2. Una vez pasados 15 días desde la defunción se debe solicitar el certificado de últimas voluntades y el certificado de contratos de seguros.
  3. Solicitar una copia auténtica del testamento. Esta debe solicitarse a la misma notaría en la que fue otorgada.
  4. Si el fallecido no dejó testamento es necesario hacer una Declaración de Herederos.
  5. Una vez que se haya recuperado el testamento auténtico o bien que hayan transcurrido 20 días hábiles desde la declaración de herederos, se podrá aceptar o renunciar la herencia.
  6. Una vez se tenga la copia auténtica preparada será el momento de llevar a cabo la liquidación de los impuestos correspondientes. Hay que tener en cuenta que el Impuesto de Sucesiones puede variar en cada Comunidad Autónoma así como el Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos Urbanos (que varía en función de cada Ayuntamiento).
  7. Por último se debe proceder a cambiar la titularidad en el Registro de la Propiedad en el caso de que haya fincas a nombre del fallecido. De la misma manera hay que hacer lo propio con los vehículos (en Tráfico) y con las cuentas bancarias (en el banco).
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Derecho Civil

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