Plazos de prescripción de Gastos Hipotecarios

Gastos Hipotecarios

Son muchas las dudas que genera la posibilidad de reclamar los gastos de formalización de una hipoteca, entre ellas el plazo de prescripción de los gatos hipotecarios.Te puede interesar saber qué es la cláusula suelo.

Para poder hablar de plazos, cabe ponerse en la situación de que el préstamo hipotecario ha sido suscrito por un consumidor y que, al tratar la nulidad de las cláusulas del préstamo sobre los gatos de hipoteca, comisiones de apertura, cláusula suelo, etcétera, se realizan principalmente dos acciones, que son:

  • Declaración de nulidad absoluta por ser considerada abusiva la cláusula. En el caso de que sea considerada una acción imprescriptible, no caduca.
  • Restitución de las cantidades abonadas de forma indebida por haberse aplicado una cláusula nula. Esta es una consecuencia del supuesto anterior.

En este sentido, los tribunales han determinado las siguientes acciones en lo que se refiere a los plazos de prescripción de gastos hipotecarios:

  • Si se considera que la nulidad absoluta de la cláusula es imprescriptible, la devolución de las cantidades también lo sería. En este caso los Tribunales indican que no habría un plazo de prescripción para su reclamación.
  • Una gran parte de las Audiencias Provinciales considera que, aunque no se atendiera a lo indicado en el apartado anterior, el plazo de descripción para la reclamación de los gastos hipotecarios sería el indicado en el Código Civil (art. 1964), contando desde el momento en el que se declara la nulidad absoluta de la cláusula hipotecaria. En este sentido, el artículo 1964.2 del Código Civil establece que aquellas acciones personales que no tengan un plazo especial prescriben a los cinco años desde que se pueda exigir el cumplimiento de la obligación.
  • Otras Audiencias Provinciales consideran que si la nulidad absoluta se puede ejercer desde el día siguiente a haberse celebrado un contrato, la restitución puede realizarse des del momento en el que el consumidor efectuó prestaciones al empresario con esa cláusula nula y abusiva. En este caso la la prescripción será también de cinco años, contando a partir de la firma de la escritura de la hipoteca.
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