Estado de Alarma España

Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio

La Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio es aquella que habilita al Gobierno para ejercer las facultades que le son atribuidas por el artículo 116.2 de la Constitución.

En ella se establece que pueden declararse en aquellos casos en los que circunstancias extraordinarias impidan el mantenimiento de la normalidad a través de los poderes ordinarios de las Autoridades competentes. Asimismo, su duración será la indispensable para restablecer la normalidad. 

Tres estados excepcionales

En España se pueden aplicar tres estados excepcionales: estado de alarma, excepción y sitio.

Estado de alarma

En el caso del estado de alarma, las medidas adoptadas deben resultar proporcionadas a la extrema gravedad además de no suponer la suspensión de ningún derecho fundamental. Se declara en aquellos casos en los que se dan circunstancias o causas que producen alteraciones graves en la normalidad, tales como: catástrofes, crisis sanitarias, desabastecimiento de productos de primera necesidad, etcétera.

Se puede declarar en una parte o todo el territorio nacional y tiene una duración máxima de 15 días. No obstante, puede prorrogarse si es necesario previa autorización del Congreso de Diputados.

Estado de excepción

También denominado estado de emergencia, se produce en aquellos casos en los que se vea afectado de manera grave el ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, los servicios públicos esenciales o cualquier otro caso que pueda afectar al orden público.

En este caso su duración máxima es de 30 días. Se puede solicitar una prórroga por otros 30 días más previa autorización del Congreso.

En este caso se pueden privar de determinados derechos: derecho a la libertad, secreto de las comunicaciones, secuestro de publicaciones, libertad de expresión, libertad de residencia y circulación, etcétera, estando estos recogidos en el artículo 55.1 de la C.E.

Estado de sitio

El estado de sitio debe ser declarado por mayoría absoluta del Congreso. Se declara en el caso de que se produzca una situación grave o que amenace con producirse una insurrección o acto de fuerza contra la soberanía o independencia de España.

No tiene una duración definida y se pueden privar los mismos derechos que en el estado de alarma y estado de excepción, además de los casos contemplados en el 17.3, como, por ejemplo: información de derechos a los detenidos, asistencia de abogado, etcétera.

Ley LOMLOE 2020

Proyecto de Ley LOMLOE

El Proyecto de Ley LOMLOE ya fue aprobado por el Consejo de Ministros. Se trata de la nueva ley educativa que trata de buscar una mejora en la educación española. Con su llegada se derogará la actual ley vigente, la conocida como LOMCE o «Ley Wert».

Claves del Proyecto de Ley LOMLOE

La nueva ley educativa en España tiene una serie de aspectos que son clave y que, según la ministra de Educación, Isabel Celaá, tratan de acabar con la segregación de los alumnos por su clase socioeconómica o sexual, además de impulsar el talento de los estudiantes.

De manera más clara, sus claves y principales modificaciones son los siguientes:

  • Reducción de las repeticiones en Educación Primaria. Se aplicarán nuevas medidas que impedirán repetir curso, haciendo que solo se pueda aplicar al final de cada ciclo (segundo, cuarto y sexto) y no en cada curso académico como en la actualidad.
  • Eliminación de las reválidas. Se eliminan las reválidas y se vuelve a utilizar el anterior formato de Prueba de Acceso a la Universidad (PAU).
  • Obtención de Bachillerato con una asignatura suspensa. Es posible, de forma excepcional, obtener el título de Bachillerato aún teniendo una asignatura suspensa.
  • Sin alternativas a Religión. En la ESO la asignatura de Religión será voluntaria y no tendrá una asignatura espejo como alternativa.
  • Eliminación de itinerarios. Se eliminan los itinerarios que hacían que alumnos con menor rendimiento acudieran por otra vía de estudios para cursos los últimos años de la ESO, renunciando al bachillerato para acceder directamente a Formación Profesional. Se recuperan los programas de diversificación.
  • Promoción con dos suspensos. Los alumnos de la ESO, de manera excepcional, podrán promocionar de curso con dos asignaturas suspensas.
  • Programas de segunda oportunidad. En Formación Profesional habrá programas de segunda oportunidad de carácter profesional para quienes abandonen la ESO sin obtener el título.

Estas son algunas de las novedades más destacadas establecidas en el aprobado Proyecto de ley LOMLOE.

Colegios Abogacía España

Los colegios de abogacía más importantes en España

Un colegio de abogados es una entidad de derecho público en la cual se encuentran agrupados abogados y colegiados. Estos se encuentran debidamente organizados para poder tratar diferentes asuntos que son relativos al ejercicio de su profesión, además de atender o proceder a la gestión de los diferentes servicios de carácter públicos de acuerdo a las leyes y la Constitución.

Los colegios de abogacía se encargan de defender los intereses a nivel corporativo de todos aquellos letrados colegiados, pero también atienden a las necesidades de los ciudadanos en el plano jurídico. En todo momento abogan por garantizar su independencia y defender los valores fundamentales de la profesión. Asimismo, se encargan de poner a disposición de los colegiados los servicios necesarios para que puedan llevar a cabo su actividad laboral de la manera más oportuna.

Colegios de Abogacía

Dicho lo anterior, es el momento de hacer referencia a los colegios de abogacía más importantes en España, que son los siguientes:

ICAB (Barcelona)

Uno de los colegios de abogados más importantes de España es el Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), dirigido por la abogada Mª Eugènia Gay, que fue elegida decana en las elecciones de 2017.

El ICAB se fundó el 17 de enero de 1833 y tiene como misión el garantizar el correcto funcionamiento de la abogacía por parte de sus colegiados, asegurando en todo momento los derechos de los ciudadanos y tratando de ofrecer las soluciones más oportunas a todos los letrados.

El ICAB Barcelona se encuentra localizado en la calle Mallorca 283, CP 08037.

ICA MALAGA (Málaga)

El Ilustre Colegio de Abogados de Málaga (ICA) también es considerado uno de los más importantes del territorio nacional. Este colegio cuenta con diferentes delegaciones en las cuales presta sus servicios tanto a los propios letrados colegiados como a la ciudadanía, poniendo todos los recursos y servicios a su alcance para poder satisfacer las diferentes necesidades de carácter jurídico.

Más allá de prestar diferentes servicios y gestionar diferentes servicios, lleva a cabo diferentes actividades formativas, tales como cursos, tertulias, congresos, etcétera, de manera que se encuentra en disposición de formar a grandes profesionales para la práctica jurídica.

El ICA Málaga tiene su sede principal en el Paseo de la Farola, 13 – 29016.

ICAM (Madrid)

El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) se fundó en el año 1596 y se encuentra constituido por más de 77.000 abogados, teniendo como principal objetivo el defender los intereses tanto de los ciudadanos a los que sirven como a los propios letrados, trabajando siempre con independencia e incidiendo en los valores fundamentales de la profesión. Está dirigido por el decano Excmo. Sr. D. José María Alonso Puig, quién fue elegido en diciembre de 2017.

El ICAM es una referencia en el ámbito jurídico y la elaboración de leyes, desarrollando una gran cantidad de actividades de servicio público. En la actualidad ofrece grandes estándares de calidad, con un gran presupuesto y un nutrido número de recursos humanos para poder responder a las necesidades de letrados y ciudadanos.

ICAS (Sevilla)

El Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla (ICAS) entra dentro de la categoría de los más importantes en España, estando a la cabeza el decano Óscar Cisneros Marco.

El ICAS cuenta con numerosos servicios a ciudadanos (justicia gratuita, violencia de género, extranjería, menores…), así como otros servicios enfocados a los propios colegiados, ofreciendo documentación, información, etcétera para el desempeño de su actividad.

ICAGR (Granada)

Por su parte, el Ilustre Colegio de Abogados de Granada (ICAGR) nació en el siglo XVIII, desde entonces han trabajado y puesto a disposición de todos los letrados colegiados, además de a los ciudadanos para así poder brindarles el asesoramiento jurídico que precisen en cada momento. El decano actual del ICAGR es D. Leandro Cabrera Mercado.

En este Colegio de Abogados hay más de 3.500 colegiados entre ejercientes y no ejercientes, siendo uno de los colegios de abogacía más importantes de todo el territorio nacional.

derecho de extranjería

Ejemplos de derecho de extranjería

El derecho de extranjería es una rama del derecho que responde a las relaciones de los ciudadanos extranjeros con el Estado, así como con los ciudadanos españoles, en sus relaciones y en la entrada y salida del territorio español.

De esta manera, el derecho de extranjería es el derecho a la libre circulación y residencia de los ciudadanos según el Ordenamiento jurídico internacional para que una persona, independientemente de su nacionalidad, se pueda hallar de una manera legal en el territorio que pertenece a un Estado.

Funciones

Las principales funciones que se desarrollan en esta rama del derecho tienen que ver con los permisos de residencia, tanto en su obtención como renovación, así como la tramitación para la obtención del NIE y la nacionalidad. También para poder solicitar algún tipo de visado para poder visitar algún país donde sea requerido.

Otra de sus principales competencias tienen que ver con la reagrupación familiar, contemplando la residencia temporal por reagrupación familiar o la residencia independiente de familiares reagrupados, entre otros.

El objetivo del derecho de extranjería es velar por los derechos y deberes de los ciudadanos de nacionalidad extranjera para que cumplan con la Ley de Extranjería, en la cual se contemplan sus diferentes derechos y libertades.

En esta rama también se tratan temas relacionados con la detención de extranjeros, matrimonio de extranjeros con españoles, homologación de títulos extranjeros o divorcios de ciudadanos extranjeros, entre otros muchos asuntos relacionados con personas nacidas en un país de soberanía distinta.

Finalidad

La finalidad de este derecho para extranjeros es responder a las necesidades que puedan tener los ciudadanos extranjeros en un país en lo relativo a su residencia, trabajo, familia…

Algunos ejemplos en los que interviene el derecho de extranjería son la solicitud de internamiento en centros de extranjeros; los recursos ante denegación e residencia y expulsión, tramitaciones de permisos de residencia, etcétera.

Tributar: En qué consiste y cuál es el periodo de tributación en España 2020

La Ley del Impuesto sobre la Renta se encarga de establecer dos preceptos para que se pueda considerar una persona contribuyente español. De acuerdo a esta, se entiende que un contribuyente tiene su residencia habitual en España cuando se produzca una de las premisas siguientes.

En primer lugar, el ciudadano debe permanecer durante más de 183 días en España durante el año natural. No obstante, también se considera que es contribuyente en el caso de que España sea su núcleo principal o el lugar en el que se encuentren basadas sus actividades económicas, independientemente de que su residencia este fuera del país.

De esta manera, para que una persona esté obligada a tributar deben ocurrir alguna de estas dos condiciones. Con que se dé una será necesario hacer la declaración de la tenga.

Como trabajadoras, las personas tienen la obligación de satisfacer las cuotas correspondientes tanto a la Seguridad Social como a Hacienda. En el primer caso se está pagando un tributo, que consiste en llevar a cabo las aportaciones exigidas por el Estado para poder financiar diferentes necesidades colectivas. Al tributar no existe una contrapartida de forma directa, ya que todo depende de cuánto utilices la sanidad, las carreteras o la educación, entre otros.

Asimismo debes tener en cuenta que no todos los contribuyentes están obligados a pagar a Hacienda. Aunque todos están obligados a responder ante los tributos desde el momento en el que se recibe una nómina o se adquiere un producto, no todas las personas tienen que pagar directamente a Hacienda.

Calendario del contribuyente 2020

calendario tributario 2020

De cara al presente año 2020, todas las personas físicas residentes en España, salvo quienes hayan percibido en exclusiva rentas que procedan de rendimiento de trabajo personas iguales o inferiores a 22.000 euros de un solo pagador, están obligadas a realizar la declaración de la Renta.

La campaña de la Renta dará comienzo el próximo 1 de abril, fecha en la que se abrirá el plazo para poder presentar a través de internet las declaraciones de la Renta y Patrimonio de 2019. Además se comenzará a atender por teléfono a aquellas personas que lo deseen.

Mediante estas plataformas se puede presentar la declaración de la Renta. Esta se puede presentar hasta el 25 de junio de 2020 en el caso de que el resultado de la misma sea «A ingresar» con domiciliación en cuenta y hasta el 30 de junio en el resto de casos.

En lo que respecta a la campaña para la presentación presencial se iniciará el próximo 13 de mayo de 2020. El plazo será el mismo que para quienes presentan una declaración «A ingresar» con domiciliación en cuenta, es decir, hasta el próximo 25 de junio. En cuanto al resto de contribuyentes, podrán presentar la documentación correspondiente en las oficinas de la AEAT o en las Comunidades Autónomas hasta el 30 de junio de 2020.

Fechas importantes en el calendario fiscal

Enero y Febrero

El primer mes del año fue uno de los más activos a nivel fiscal, ya que se acumulan diferentes obligaciones en ese mes. Hasta el día 20 se pudieron presentar los modelos 111 de retenciones y 115, trimestral.

Además, hasta el 30 de enero hubo plazo para presentar los modelos 303, 390 y 349; los modelos 130 y 131 de pagos fraccionados de IRPF; y hasta el 31 la presentación de los modelos 180 y 190, además de la declaración anual de entidades en régimen de atribución de rentas (modelo 184).

En Febrero la principal obligación fue la de realizar la declaración anual de operaciones con terceros. Esta se realiza a través de 347. Se tuvo hasta el 2 de marzo como fecha límite (ya que el 29 de febrero era sábado).

Este modelo 347 se basa en la declaración anual de las operaciones que se han realizado con terceros durante el ejercicio de 2019 y en las que el total supere los 3.005,06 euros.

No obstante, una vez transcurridos estos dos meses, lo que más te interesa a estas alturas es conocer lo que esta por venir en los próximos meses, que son las siguientes obligaciones fiscales:

Abril

El 1 de abril arranca la campaña de la Renta, siendo el mes en el que se puede presentar. Desde esta fecha se podrá presentar la declaración online.

En el mismo mes abril, hasta el día 20, se tiene como límite para la presentación de los modelos 111 y 115 del primer trimestre de 2020, el 303, 349, 130, 131 y  202.

Mayo y junio

En los meses de mayo y junio continúa estando activa la campaña de la renta. Además, a partir del 13 de mayo se inicia el plazo para poder presentar las declaraciones del modelo 100 en las oficinas de la AEAT y entidades colaboradoras de forma presencial.

En el caso de que el resultado de la declaración sea «A Ingresar» con domiciliación en cuenta, el plazo finaliza el 25 de junio. El día 30 de junio finaliza el plazo de presentación de declaraciones de renta y patrimonio.

Julio

En el mes de julio se deben presentar las obligaciones trimestrales, correspondientes al segundo trimestre de 2020. Deben presentarse antes del 20 de julio los modelos 111 y 115, el 130 y 131 o los modelos 303, 349.

Hasta el día 27 hay plazo para la presentación de la declaración anual de sociedades a través del modelo 200, siempre y cuando el periodo impositivo coincida con el año natural.

Además, el 30 de julio es la fecha límite para poder depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil.

Octubre

En el mes de octubre se deben presentar de nuevo las correspondientes obligaciones trimestrales, presentando los modelos 111 y 115; 130, 131 y el modelo 202 de pagos fraccionados de sociedades. A ellos también hay que sumar los correspondientes a la liquidación de IVA (303 y 349).

Asimismo, si durante el anterior ejercicio económico se han llevado a cabo operaciones con otras partes vinculadas, o bien con países considerados paraísos fiscales por parte de Hacienda, se dispone de plazo hasta el 31 de octubre para presentar el modelo informativo 232.

Diciembre

Por su parte, en el último mes del año, y hasta el 21 de diciembre, es el momento de presentar el modelo 202, existiendo de plazo máximo hasta el 21 de diciembre.

Como puedes ver, gran parte de la actividad del calendario del contribuyente se centra en los primeros meses del año.