¿Cómo se pueden cancelar los antecedentes penales?

Una vez que transcurren los plazos que aparecen reflejados en el artículo 136 del Código Penal y cumplidos una serie de requisitos, se pueden cancelar los antecedentes penales tras el cumplimiento de una condena.

Una vez que se extingue la responsabilidad penal, los antecedentes penales deben cancelarse de oficio. Sin embargo, no siempre es así, por lo que es el propio interesado el que debe hacerlo.

Requisitos para cancelar los antecedentes penales

Para tener la posibilidad de proceder a la cancelación de los antecedentes penales es necesario cumplir con una serie de requisitos:

  1. Es necesario que se haya extinguido la responsabilidad penal por el delito por el cual fue condenado.
  2. Que una vez transcurra el tiempo fijado para una pena, el condenado no vuelva a delinquir.

De esta manera, debe haber concluido su responsabilidad penal y, una vez que la ha cumplido, no podrá volver a cometer actos ilícitos dentro de los plazos que marca la ley.

Plazos para la cancelación de los antecedentes penales

En el mencionado artículo 136 del CP aparecen reflejados los plazos que deben transcurrir sin que la persona que quiere cancelar sus antecedentes vuelva a delinquir:

  • 6 meses en el caso de aquellos casos en los que se considere que se trata de penas leves.
  • 2 años para penas que no excedan de 12 meses, así como aquellas que hayan sido impuestas por delitos
  • 3 años para el resto de penas menos graves inferiores 3 años.
  • 5 años para aquellas penas restantes que sean menos graves que sean iguales o superiores a los 3 años.
  • 10 años  en el caso de las penas consideradas graves.

Estos plazos empiezan a contar a partir del día siguiente al que se haya dado por extinguida la pena. Si el reo vuelve a delinquir dentro de estos plazos, se interrumpe el cómputo de los mismos.

En cualquier caso en aquellos casos que una vez transcurridos estos plazos, si no se cancelan y comete nuevos delitos, no se tendrán en cuenta los antecedentes penales, ya que tendrían que haber sido cancelados, aunque oficialmente no lo estén.

Cómo solicitar la cancelación de antecedentes penales

Teniendo en cuenta todo lo anterior relativo a lo indicado por la ley, los solicitantes tendrán que cumplimentar una solicitud en la que indiquen todos los datos necesarios en un modelo que se puede encontrar en la web del Ministerio de Justicia. No obstante, no es obligatoria hacerlo de esta manera y es suficiente con un documento en el que aparezca la siguiente información:

  • Nombre y apellidos
  • Filiación
  • Localidad
  • Provincia
  • Fecha de Nacimiento
  • Documento de identidad
  • Domicilio
  • Teléfono móvil y/o correo electrónico.

Además, para que se puedan agilizar los trámites, es recomendable adjuntar un certificado de cumplimiento de penas. Este tendrá que ser expedido por parte del juzgado o tribunal competente.

El plazo de tramitación es de tres meses. Una vez que transcurra este plazo, se entenderá que ha sido estimada la cancelación cuando no haya una resolución expresa. No obstante, el plazo puede llegar a ser suspendido si es necesario recabar diferente información del órgano judicial.

¿Qué es la Plusvalía en Herencias?

¿Qué es la Plusvalía en Herencias?

Si te encuentras en la situación de tener que llevar a cabo los trámites de una herencia o bien estás pensando en hacer una donación a un hijo u otro familiar, hay que tener en cuentas puntos que van más allá del impuesto de sucesiones o donaciones. Además de hacer frente a los pagos de los impuestos que figuran en los modelos 650 y 651, existe otro de carácter obligatorio en aquellos casos que implican una transmisión de bienes como es la conocida plusvalía municipal.

¿Qué es la Plusvalía en Herencias?

La Plusvalía Municipal, también llamado Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Bienes de Naturaleza Urbana, es un impuesto local que se encarga de gravar el aumento de valor que un inmueble urbano ha experimentado a lo largo delos últimos 20 años y desde que es comprado hasta que se transmite.

Cuando se va a tramitar una herencia, muchos se llevan con la sorpresa de tener que pagar este impuesto, por lo que además de el de sucesiones es necesario hacer frente al abono de este.

¿Quién debe pagar la Plusvalía en Herencias?

En estos casos, el sujeto pasivo de este impuesto es quién tiene la obligación de liquidarlo, siendo este el heredero del inmueble. No obstante hay que tener en cuenta que esto es así siempre que el bien inmueble heredado se trate de un suelo urbano y no rústico.

Por otro lado, también hay que tener presente que en el caso de que se decida vender ese inmueble heredado, será necesario liquidar y abonar la plusvalía dos veces, siempre que exista un aumento de su valor. En este caso se liquidaría en primer lugar como heredero y, en la segunda, por ser el vendedor.

En los casos en los que haya varios cotitulares, el abono del impuesto de plusvalía puede hacerse por parte de una persona por el total; o bien cada uno puede hacerlo de forma individual de acuerdo al porcentaje recibido por herencia.

¿Cuando se paga la plusvalía por una herencia?

De acuerdo a lo establecido por la Ley, en aquellos casos en los que se transmiten bienes inmuebles en herencia, el plazo para hacer el abono de la misma es de 6 meses, aunque podrían prorrogarse, siempre que haya solicitud previa, hasta los 12 meses.

En este sentido, para abonar el impuesto de plusvalía se toma como fecha de la transmisión la del fallecimiento y la fecha en la que se aceptó la herencia. En el caso de que no se disponga de suficiente liquidez, es posible solicitar un aplazamiento o fraccionamiento con un máximo de 24 meses.

Por otro lado, en el caso de que la presentes fuera de plazo, podrás hacerlo, pero haciendo frente al pago de recargos e intereses. Además, es probable que se pierda el derecho a disfrutar de las bonificaciones correspondientes.Por intereses de demora y recargos, se aplicarán un recargo del 5%, 10% o 15% sobre el importe a ingresar en el caso de que se presente en 3, 6 o 12 meses después de la fecha indicada.

¿Qué es un contrato de arras?

¿Qué es un contrato de arras?

Son muchas las personas que cada día encuentran una casa o piso en el que quieren vivir y que están interesadas en comprar. Tras llegar a un acuerdo de acuerdo al precio de la compraventa es el momento en el que se puede firmar un contrato de arras.

El contrato de arras es un acuerdo de carácter privado al que llegan el comprador y el vendedor sobre la compra de un inmueble, con el cual se reserva la adquisición del bien a cambio de una cantidad económica. En él, el vendedor se obliga a la entrega del bien, mientras que el comprador se obliga a pagar el precio fijado por el mismo de la manera que ambos hayan estipulado.

Se trata de un documento de gran importancia, ya que en él aparecen reflejadas las obligaciones y condiciones del acuerdo, a partir de las cuales ambas partes se obligan a la compra y venta del inmueble. Además, en él aparecerán las consecuencias de que alguna de las partes incumpla el acuerdo.

Por lo general este tipo de contrato, que se lleva a cabo de manera previa al contrato de compraventa, se realiza para garantizar la reserva. Es muy importante que se deje en todo momento claro el contenido del mismo para que no hay problemas futuros. Por ello, debe estar perfectamente detallado todo lo acordado entre el vendedor y el comprador de una propiedad.

¿Qué tipos de arras existen?

En función de las consecuencias que tengan lugar en caso de incumplimiento nos podemos encontrar con diferentes tipos de arras. Es muy importante, por lo tanto, el contenido que figure en dicho contrato, siendo aconsejable que el contenido del mismo sea redactado por un abogado, que será el que indique las cláusulas que deben aparecer en el mismo para seguridad de ambas partes.

Los tipos de arras son los siguientes:

Arras confirmatorias

Reguladas en el artículo 1124 del Código Civil, son las menos habituales. En ellas se acredita la perfección del contrato. Consisten en anticipar parte del precio de la compraventa como garantía.

En caso de que haya incumplimiento de una de las partes, la parte afectada podrá elegir entre que se cumpla el contrato o la resolución de la obligación, debiendo la otra parte indemnizar por daños y abonar intereses si los daños son probados. Cuando no se especifique nada en el contrato, se entiende que las arras son confirmatorias.

Arras Penitenciales

Reguladas en el artículo 1454 del Código Civil, establecen que en el caso de que hayan mediado arras en el contrato de compraventa, se puede rescindir el contrato.

A diferencia de lo que ocurre con otras arras, en estas se permite al comprador y al vendedor que desistan del contrato, sin que medie causa de incumplimiento. Dicho de otra manera, cualquiera de las partes puede resolverse de acuerdo, con las consecuencias que aparecen reflejadas en dicho artículo 1454.

Arras Penales

Esta figura jurídica se diferencia de las anteriores en que la parte cumplidora puede exigir la formalización del contrato de comparaventa. Deben aparecer expresamente especificadas en el contrato, teniendo como principal característica que la pena establecida sustituye a la indemnización de daños y al abono de intereses en caso de incumplimiento.

En cualquier caso, el pago de las arras penales no exime del cumplimiento de la obligación contractual.

¿Existe pensión de viudedad para parejas de hecho?

¿Existe pensión de viudedad para parejas de hecho?

Hace años, cuando una persona trataba de formalizar su relación para irse a vivir juntos tan solo podía recurrir a casarse para hacerlo de manera legal. Con el paso de los años esto fue cambiando al existir cada vez más personas que querían residir juntos sin dar este paso, lo que dio pie a la creación de la figura de pareja de hecho.

Una de las grandes preocupaciones para muchas personas que se encuentran en esta situación es lo que ocurrirá con la pensión de viudedad. Antes de explicar si tienes derecho a percibirla o no en este tipo de casos, debes tener claro su concepto.

La pensión de viudedad es una prestación económica que el Estado abona a un sujeto que ha mantenido una relación matrimonial o de pareja de hecho con una persona que ha fallecido. Por tanto las parejas de hecho sí tienen derecho a percibir esta pensión.

El objetivo de la misma es que se puedan ver satisfechas las necesidades económicas del viudo o viuda por la muerte de su pareja. Así, actúa como si se tratase de un elemento de protección familiar frente a la pérdida de unos ingresos estables.

Las pensiones de viudedad según la ley

La Ley General de la Seguridad Social es la que se encarga de regular el derecho de las parejas a poder acceder a las pensiones de viudedad. No obstante, en ella se establecen diferentes requisitos que hay que cumplir para poder obtener la misma en el caso de que uno de los integrantes de la pareja fallezca.

Entre estos requisitos se encuentran los siguientes:

  • La pareja de hecho debe encontrarse constituida, inscrita y registrada en el Registro de Uniones de Hecho. Este es un órgano autonómico que dependerá del lugar de residencia de los integrantes de la pareja.
  • La constitución de la pareja tiene que haberse llevado a cabo con al menos dos años de antelación con respecto al fallecimiento de uno de los integrantes.
  • Además del requisito mencionado en el punto anterior, se debe acreditar que ha existido convivencia entre ambos miembros durante al menos 5 años, es decir, 3 años más de la constitución mínima de la pareja. Para justificarlo se puede recurrir a documentos como facturas o certificado de empadronamiento.
  • El fallecido no puede estar casado con otra persona en el momento del fallecimiento para que su pareja pueda recibir dicha pensión.

Todos estos puntos son importantes, ya que hasta hace unos años no existían los mismos y esto suponía un problema con respecto a los posibles fraudes. Por ello se decidió crear un nuevo texto legal que regulase este tipo de situación.

Además de estos cuatro requisitos, hay otros que también hay que tener presentes, como que en el caso de que el fallecido esté dado de alta en la Seguridad Social en ese momento, tiene que haber cotizado 500 días en los últimos 5 años para que su pareja pueda recibir la pensión; o que si no lo estaba, que haya reunido al menos 15 años de cotización durante su vida laboral, entre otros.

Cómo actuar ante una denuncia falsa

Cómo actuar ante una denuncia falsa

Con el paso de los años hay cada vez más casos en los que hay personas que se ven afectadas por denuncias falsas, sobre todo en los casos de la violencia de género, ámbito en el que este tipo de denuncias están más a la orden del día que en otros.

Aunque no tiene por qué estar siempre ligada a este tipo de delito, en ocasiones se da este tipo de denuncias, pero hay que saber que está duramente castigado por el Código Penal.

De acuerdo al artículo 456 del Código Penal, el delito de denuncia falsa tiene lugar cuando una persona imputa a otra hechos que, en el caso de ser ciertos, constituirían una infracción penal, pero que en realidad no lo son, siendo consciente de su falsedad y/o ejecutando un temerario desprecio por la verdad.

Asimismo, hay que tener claro que se trata de un delito que además de perjudicar a una persona en particular, también lo hace sobre la Administración de Justicia.

Requisitos para que una denuncia sea considerada falsa

Existen diferentes requisitos que se deben cumplir para que una denuncia sea considerada falsa:

  • Para que se pueda considerar una denuncia falsa, tiene que haber una sentencia o resolución firme.
  • Los hechos que se denuncian deben ser concretos y estar dirigidos hacia una persona física identificada, con su nombre y apellidos.
  • La imputación de los delitos debe ser falsa de forma manifiesta.
  • Los hechos denunciados deben constituir un delito penal.
  • La denuncia tuvo que realizarse ante una autoridad con obligación de actuar ante ella.
  • Que haya conciencia de que los hechos imputados son falsos. Es decir, debe haber una intención delictiva por parte de la denunciante. Esta estará actuando de mala fe para perjudicar a la otra persona.

Qué hacer en el caso de recibir una denuncia falsa

En primer lugar, en el caso de que la denuncia falsa implique una detención, que es habitual en el caso de la violencia de género, así como si no requiere de ella, hay que siempre mantenerse tranquilo y recopilar todas las pruebas posibles de que no se ha cometido dicho delito. Además, es aconsejable ponerse de inmediato en profesionales que estén especializados en la materia.

En el caso de que te encuentres en prisión o el calabazo, tendrás que llamar a tu abogado y facilitarte los datos de personas cercanas que puedan recopilar esas pruebas que existan. En ese momento, el letrado tendrá que crear una estrategia de defensa para tratar de demostrar que se trata de una denuncia falsa y hacer que el juez o tribunal decida absolverte.

Penas por el delito de denuncia falsa

De acuerdo al art. 456 del CP, se establecen las siguientes penas por un delito de denuncia falsa:

  • Pena de prisión de 6 meses a 2 años y multa de 12 a 24 meses en aquellos casos en los que se trate de un delito grave.
  • Con una pena de multa de 12 a 24 meses en el caso de un delito menos grave.
  • Los delitos leves lleven asociada una pena de multa de 3 a 6 meses.