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El Derecho Financiero Tributario

El Derecho Financiero Tributario es la disciplina que forma parte del derecho financiero y que tiene como objeto principal el estudio del ordenamiento jurídico encargado de la regulación del establecimiento y también de la aplicación de los tributos, así como de la Hacienda pública.

Esta rama se encarga de estudiar las normas jurídicas a través de las cuales los entes públicos ejercen su poder tributario, buscando así satisfacer las necesidades colectivas. Esto hace que se puedan diferenciar dos partes, por un lado los ingresos públicos y por otro los gastos públicos.

Los tributos

Los tributos son las prestaciones pecuniarias que son obligatorias y que están establecidas por diferentes niveles estatales. Se trata de una obligación de carácter monetario que ha sido establecida por la ley y que busca sostener las diferentes cargas públicas, sobre todo el gasto del Estado.

En este sentido cabe distinguir entre el sujeto activo, que es el Estado o cualquier otro ente con facultades tributarias, y el sujeto pasivo, que es el contribuyente, independientemente de que se trate de una persona física o jurídica.

Los tributos pueden clasificarse principalmente en tres figuras tributarias:

  • Impuestos: Son los tributos que son exigidos por el Estado. Son de obligado cumplimiento y que el propio Estado emplea en diferentes ámbitos como la salud, la educación, etcétera, buscando así responder a las diferentes necesidades públicas. Los impuestos pueden clasificarse en diferentes tipos.
  • Tasas
  • Contribución especial

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El conjunto de tributos de un país conforma el denominado como sistema tributario, existiendo así una presión fiscal vinculado con el impacto del mismo en la riqueza. La presión fiscal es la suma de los impuestos que afectan a un contribuyente.

Todos estos temas y otros muchos relacionados se estudian en el Derecho Financiero y Tributario, teniendo en cuenta que el primero, el Derecho Financiero se basa en dos tipos de normas, las del Derecho Privado y las del Derecho Público.

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Como reclamar una deuda

Son muchos los autónomos y empresas que deben recurrir a la reclamación para poder cobrar las cantidades que se les adeudan. Este es un problema muy recurrente entre los profesionales, que pueden recurrir a dos tipos de mecanismos diferentes para la reclamación de la deuda. Estos son a vía judicial y la vía extrajudicial.

Vía extrajudicial

Antes de comenzar un procedimiento judicial es aconsejable establecer un contacto con el deudor para tratar de llegar a un acuerdo y que así se pueda liquidar la deuda.

La mejor opción en este sentido es la de llevar a cabo la reclamación a través de un abogado, ya que éste sabrá cómo afrontar cada cuestión de la mejor manera posible. En función de cada caso en particular se recomendarán unas herramientas gracias a las cuales se pueda hacer frente al conflicto que causa la falta de pago, como puede ser el fraccionamiento del pago o restar parte del importe.

En el caso de que no fructifique la vía extrajudicial por las razones que sean, será necesario acudir a la vía judicial para poder recuperar la cantidad impagada.

En este sentido es aconsejable actuar y dar el paso en el menor espacio de tiempo posible, para evitar así que el deudor pueda llegar a encontrarse en una situación de total insolvencia o en concurso de acreedores, lo que complicará la recuperación de las cantidades que se deben

Vía Judicial

Si la vía extrajudicial ha fracasado la única opción para recuperar el dinero que se adeuda es recurrir a la vía judicial, debiendo para ello presentar una demanda ante los tribunales.

En este sentido, la ley prevé tres tipos de procedimientos diferentes para la reclamación a los deudores, partiendo de la base que debe ser una deduda dineraria, vencida y exigible.

Las vías son:

  • Procedimiento monitorio
  • Procedimiento declarativo verbal u ordinario
  • Procedimiento cambiario
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Impuestos testamentarios

Una herencia muestra las voluntades de una persona con respecto a sus bienes, si bien para su reclamación se deben seguir una serie de trámites que pueden llegar a revestir un alto grado de complejidad, algo que también vendrá determinado por si se trata de una herencia con testamento o sin él.

No obstante, dejando a un lado el resto de trámites de la herencia, hay que tener en cuenta que uno de los pasos para poder cobrar una herencia es el pago del impuesto de sucesiones.

Para ello dispones de seis meses para pagar los impuestos de la herencia, aunque si lo necesitas puedes ampliar el plazo. No obstante, debes saber que si decides ampliarlo, desde Hacienda se cobra un interés por ello.

El impuesto sobre sucesiones está cedido a las diferentes Comunidades Autónomas, que en función de la situación establecen bonificaciones en la cuota.

Es importante que tengas en cuenta que el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se paga antes de recibir los bienes. Es decir, no podrás contar con el capital que pueda existir en las cuentas corrientes de la herencia hasta que no pagues dicho impuesto, y lo mismo ocurre con los bienes inmuebles como la vivienda.

De esta manera, antes poder cobrar la herencia será necesario que tendrás que tener el dinero que corresponda para poder hacer frente al abono de los impuestos testamentarios.

La cuantía del Impuesto sobre Sucesiones depende de la Comunidad Autónoma en la que te encuentres, aunque existen una serie de normas a nivel estatal que son orientativas.

Sobre la cantidad heredad (se suman los bienes y se restan tanto las deudas como los gastos testamentarios y el funeral) se pueden aplicar una serie de reducciones, que son:

  • Grupo I: En aquellos casos en los que la adquisición sea por parte de menores de 21 años, reducción de una cuota de 15.956,87 euros, más otros 3.990 euros por cada año que reste para alcanzar los 21 años, con un límite máximo de 40.946,96 euros.
  • Grupo II: Cuando la adquisición tenga lugar por parte de descendientes o adoptados mayores de 21 años la reducción es de 15.956,87 euros.
  • Grupo III: En aquellos casos en los que la adquisición tiene lugar por parte de colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad, la reducción es de 7.993,46 euros.
  • Grupo IV: En el caso de que la adquisición de la herencia sea por colaterales de cuatro grado o más no se puede aplicar ninguna reducción.

Asimismo, existe una reducción por minusvalía de 47.869,59 euros para grados superiores al 33% y de 150.253,03 euros en grados de más del 65%.

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Todo lo que debes saber de un Contrato Leonino

Un contrato leonino es el contrato de sociedad en el cual se pacta que todas las ganancias sean para uno o algunos de los socios y que las pérdidas sean para los demás. También se dan de manera habitual entre usuarios particular, por ejemplo si en el alquiler de un inmueble hay cláusulas abusivas para el alquilado.

Cuando una persona firma este tipo de contratos están sometidos a una total indefensión, ya que la otra parte está exenta de pagar y tampoco debe recompensar a la víctima por daños y perjuicios.

Teniendo en cuenta los principios de equidad, este tipo de contrato es contrario a las leyes y se considera nulo por virtud del derecho. Se trata de una estafa en la que en muchas ocasiones la persona que resulta víctima, no tiene la posibilidad de iniciar una lucha legal.

Iniciar un procedimiento legal puede llegar a ser una buena opción o no serlo tanto en función de diferentes factores, ya que en ocasiones la compensación que se puede buscar exigir puede suponer un elevado gasto en los tribunales.

En cualquier caso, lo más recomendable en este sentido es buscar el mejor asesoramiento posible, de manera que puedas saber los pasos a seguir y las posibilidades que tendrás de salir beneficiado de la disputa legal.

Lo preferible es tratar de evitar establecer este tipo de contratos. En muchas ocasiones no se repara en la «letra pequeña» de los mismos y es, precisamente, uno de los puntos más importantes, ya que en este apartado aparecen los detalles más relevantes de la firma del contrato.

Comprueba, por lo tanto, siempre cada cláusula y, en caso de que puedas pensar que alguna parte es abusiva, consulta siempre con un abogado. No tengas prisa a la hora de firmar un contrato. Debes estudiarlo y asegurarte de que no será perjudicial para ti.

Ley Segundas Oportunidades

Qué es la Ley de Segundas Oportunidades y sus beneficios

La Ley de Segundas Oportunidades, que está recogida en el Real Decreto Ley 1/2005, es un mecanismo legal que fue creado con el objetivo de ayudar tanto a autónomos como a particulares que están endeudados. Su objetivo es el de dar una segunda oportunidad a aquellas personas que están atravesando una situación económica complicado. Puedes leer sobre la efectividad que tiene la Ley de Segundas Oportunidades en otro de nuestros artículos.

De esta manera, aquellas personas que son particulares o autónomos y que tienen deudas que no pueden pagar, pueden librarse de parte de ellas. No obstante, para ello se debe cumplir con una serie de requisitos.

El primer paso de este proceso es tratar de alcanzar un acuerdo extrajudicial para el pago de la deuda, que consiste en tratar de negociar con los acreedores unas nuevas condiciones para la devolución del dinero. En el caso de que no haya acuerdo por este medio se puede recurrir a la vía judicial, que es a través de la cual se puede llegar a obtener la cancelación o exoneración final de la deuda contraída.

Beneficios de la Ley de Segundas Oportunidades

El recurrir a la Ley de Segundas Oportunidades es una solución para particulares y autónomos en una situación de bloqueo económico o un sobreendeudamiento.

Sus beneficios son los siguientes:

  • Se puede tener acceso a nuevas opciones de financiación.
  • Es posible desaparecer de los listados de morosidad.
  • Se puede volver a disponer de tarjetas de crédito.
  • Permite iniciar una nueva vida, sin estar totalmente condicionado por las deudas para empezar a labrar un mejor futuro.

Es importante tener en cuenta que para poder iniciar un proceso de este tipo, se debe demostrar que no se tiene patrimonio para poder a hacer frente a las deudas existentes o que ya se haya liquidado, que la obligación total de las deudas no supere los 5 millones de euros y que exista buena fe por parte del deudor.

De hecho, para acogerse a la Ley es necesario ceder todos los bienes y activos salvo aquellos que sean indispensables para poder desarrollar la actividad profesional.

Requisitos para acceder a la Ley de la Segunda Oportunidad

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Para poder acceder a la Ley de la Segunda Oportunidad es necesario cumplir con una serie de requisitos, partiendo de la base que no se trata de una vía de escape para deudores irresponsables o insolventes. Lo que busca con esta medida es prestar auxilio a aquellas personas que han mostrado ser un buen pagador pero que no atraviesa por un buen momento económico.

Para poder valorar este aspecto se tienen en cuenta tanto el pasado como el futuro de la persona insolvente, que debe cumplir con lo siguiente:

  • No puede ser objeto de un concurso culpable ni haber sido condenado previamente por algún tipo de delito económico o social.
  • Se debe haber intentado actuar de buena fe. Para ello es necesario que trate de lograr a una solución extrajudicial, y que no haya frustrado las posibilidades que se le hayan podido presentar para poder afrontar el pago, como, por ejemplo, haber rechazado ofertas de trabajo en los últimos años.
  • No podrá haber acudido al beneficio de exoneración de pagos en los últimos 10 años.
  • Tiene que tener satisfechos los créditos contra la masa y los privilegiados. También tiene que haber hecho frente al pago del 25% de los créditos ordinarios, aunque este requisito se puede «saltar» siempre y cuando haya pruebas de que los créditos intentaron ser pagados.

Cómo hemos mencionado, la Ley de Segunda Oportunidad ofrece una solución a buenos pagadores que pasan por un mal momento a nivel económico, basándose en criterios éticos y de justicia social. Todo el proceso se realiza sin desamparar el derecho de cobro que tienen los acreedores.